domingo, 15 de mayo de 2011

AUTODETERMINACION Y NO INTERVENCION

De Emilio Ortiz de Zárate - Valparaíso


DERECHO DE AUTODETERMINACIÓN

El derecho de libre determinación de los pueblos o derecho de autodeterminación es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad.

La libre determinación está recogida en algunos de los documentos internacionales más importantes, como la Carta de las Naciones Unidas o los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, aunque no en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. También numerosas resoluciones de la Asamblea General de la ONU hacen referencia a este principio y lo desarrollan: por ejemplo, las resoluciones 1514 (XV), 1541 (XV) ó 2625 (XXV).

Es un principio fundamental del Derecho internacional público y un derecho de los pueblos, que tiene carácter inalienable y genera obligaciones erga omnes [1] para los Estados. Incluso, de acuerdo con muchos autores, la libre determinación ha devenido norma de ius cogens.[2]

[1] Erga omnes es una locución latina, que significa "respecto de todos" o "frente a todos", utilizada en derecho para referirse a la aplicabilidad de una norma, un acto o un contrato.


Significa que aquél se aplica a todos los sujetos, en contraposición con las normas inter partes (entre las partes) que sólo aplican a aquellas personas que concurrieron a su celebración.


[2] Ius cogens, o jus cogens, es una locución latina que hace referencia a normas imperativas de derecho, en contraposición a las dispositivas de derecho. De acuerdo con la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, son aquellas normas aceptadas y reconocidas por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario.

PRINCIPIO DE NO INTERVENCIÓN

El principio de no intervención es la obligación de los Estados de abstenerse de intervenir, directa o indirectamente, en los asuntos internos de otro Estado con la intención de afectar su voluntad y obtener su subordinación. Es un principio del Derecho Internacional Público y deriva directamente de la independencia de las naciones y el derecho de autodeterminación de los pueblos. Este principio de no intervención prácticamente equivale al de no injerencia en los asuntos internos de otro país.

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0NCE APUNTES AL DEBATE DE LA AUTODETERMINACIÓN

Antxon Mendizabal Gara

SOBERANÍA Y AUTODETERMINACIÓN EN AMÉRICA LATINA
Por: Marcos Roitman Rosenmann (Sociólogo y Profesor de la Universidad Complutense de Madrid)
Soberanos e intervenidos. Estrategias globales, americanos y españoles". Con este titulo Joan Garcés, en lo que debe considerarse una de las investigaciones mas completas sobre política exterior de las potencias hegemónicas occidentales desarrolladas tras la segunda post-guerra mundial y la desintegración del bloque del Este…
http://www.aporrea.org/actualidad/a7036.html

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